Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0033/2019-S4
Fecha: 01-Abr-2019
inc. b)
Ahora bien, en relación problema jurídico expuesto en el inc. b) relativo a que, Vocales demandados no le concedieron al accionante un plazo para subsanar la falta de fundamentación advertida en su recurso de apelación; a criterio de este Tribunal la resolución de dicho extremo carece de relevancia constitucional; toda vez que, en atención a la concesión de tutela dispuesta precedentemente, las autoridades demandas, deberán emitir una nueva resolución debidamente fundamentada resolviendo los puntos de agravio expuestos por el impetrante de tutela e identificados en el propio Auto de Vista señalado supra. En consecuencia, corresponde denegar la tutela solicitada en relación a este aspecto.