SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0106/2019-S4
Fecha: 17-Abr-2019
denegó
La Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia Primera del departamento de Beni, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 4/2018 de 28 de agosto, cursante de fs. 316 a 318, denegó la tutela solicitada, disponiendo que el accionante acuda a la justicia ordinaria para el pago de sus salarios devengados; bajo los siguientes fundamentos: a) Se presenta en el presente caso la carencia de objeto de la acción de amparo constitucional al haber quedado extinguido el hecho que generó la vulneración de los derechos constitucionales por decisión del impetrante de tutela, consiguientemente la finalidad de la presente acción de defensa no se justifica; y, b) Las Sentencias Constitucionales Plurinacionales 0680/2016-S2 de 8 de agosto, 0386/2015-S3 de 22 de abril, 0028/2016-S1 de 7 de enero, establecen que la justicia constitucional no se encuentra habilitada para establecer la dimensión ni la cuantía de los pagos que podría corresponderle.