SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0111/2019-S3
Fecha: 09-Abr-2019
i)
Marco Antonio Vacaflor Herrera, Vocal del Consejo de Administración de la citada entidad, presentó informe el 14 de septiembre de 2018, cursante fs. 76 a 78 vta., señalando que: i) Por “…Acta de reunión del Consejo de Administración No. 30/2018…” (sic) de 8 de agosto, se aprobó el proceso contra el accionante por mayoría de votos; sin embargó respecto a ese punto votó declarando en contra, en consecuencia no vulneró ningún derecho; y, ii) La resolución que resuelve la impugnación debe estar firmada por el presidente y secretario, ante la acefalía de estos, no se contestó, por lo que se deberá aguardar los plazos para que se emita respuesta conforme procedimiento, en cuya virtud no existe ninguna vulneración de derechos.