SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0139/2019-S4

Fecha: 25-Abr-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 28 de marzo de 2014, Amancio Hurtado Vélez interpuso denuncia penal por la  presunta comisión del delito de abigeato, en la Policía de Ascensión de Guarayos del departamento de Santa Cruz, luego de haber recibido varias declaraciones, se amplió la denuncia en su contra, pese al vencimiento de la etapa preparatoria, toda vez que el representante del Ministerio Público presentó requerimiento conclusivo de acusación, conforme el art. 323.1 del Código de Procedimiento Penal (CPP), acreditándose con ello que finalizaron los plazos de la etapa preliminar y “preparatoria” previstos en los arts. 134, 300, y 301 del CPP modificado por la Ley 586 de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal (LDEP) de 30 de octubre del año 2014, concordante con el art. 130 de la misma norma legal, incurriendo en una persecución indebida, además que de acuerdo al art. 133 del CPP la duración máxima del proceso penal es de tres años.