SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0141/2019-S4
Fecha: 25-Abr-2019
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Producto de una relación amorosa con Wilma Cusi Cabrera, nació su hija Maribel Ramos Cusi, que actualmente tiene diecinueve años de edad, motivo por el cual la citada progenitora interpuso demanda de asistencia familiar en su contra, ante el Juzgado Público de Familia Quinto de El Alto del departamento de La Paz, donde mediante Resolución 936/2016 de 15 de septiembre, se dispuso que se expida mandamiento de apremio contra su persona hasta que cancele la suma de Bs 65 072.- (sesenta y cinco mil con setenta y dos bolivianos), empero en la mencionada resolución no se estableció que dicho mandamiento de apremio fuera ejecutado en días y horas extraordinarias.
El 27 de noviembre de 2018, aproximadamente a las 16:00, Wilma Cusi Cabrera se apersonó en compañía de un funcionario policial del cual se desconoce su identidad, a la Unidad Educativa Mollipongo de la Provincia Camacho-Localidad Mollipongo del departamento de La Paz, la misma que se encuentra a cuatro horas de viaje, por lo que fue llevado al Centro Penitenciario San Pedro del señalado departamento, a las 19:45, efectuándose su filiación en el penal el 28 del citado mes y año.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 9
- No es posible acudir a este recurso, cuando el ordenamiento jurídico prevé medios de impugnación específicos y aptos para restituir el derecho a la libertad, en forma inmediata
- en caso de existir mecanismos procesales específicos de defensa que sean idóneos, eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y a la persecución o procesamiento indebido, deben ser utilizados previamente por el o los afectados
- Fragmento 12
- III.2.
- CONFIRMAR