Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0147/2019-S3
Fecha: 11-Abr-2019
Fragmento 16
Por Informe Técnico de Registro de Lugar del Hecho de 16 de abril de 2018, se realizó el acto de verificación de la denuncia por allanamiento de domicilio realizada por la codemandada prenombrada el 9 de abril del mismo año en la zona Irpavi, calle Pedraza 120 de la ciudad referida (Conclusión II.3); situación que tiene similitud con el Informe Técnico Circunstancial de Intervención de 2 de mayo del citado año, elevado sobre el hecho de verificación del inmueble de Ana María Asunción Suaznabar Urquidi que denunció el avasallamiento de su propiedad ubicada en la calle y zona mencionadas el 17 de marzo del mismo año (Conclusión II.4).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- concedió
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza subsidiaria
- III.2.
- III.3. En cuanto a la flexibilización del principio de subsidiariedad frente a vías de hecho
- III.4. La carga probatoria a ser cumplida por la parte peticionante de tutela
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- REVOCAR