SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0160/2019-S3
Fecha: 16-Abr-2019
concedió
El Tribunal de Sentencia Penal Primero de la Capital del departamento de Cochabamba, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 17/2018 de 27 de noviembre, cursante de fs. 83 a 88 vta., concedió la tutela solicitada y en consecuencia, anuló la audiencia desarrollada el 26 de noviembre de 2018, debiendo la autoridad demandada programar una nueva en el plazo de veinticuatro horas para definir la situación jurídica del peticionante de tutela; bajo los siguientes fundamentos: a) Existió vulneración del derecho a la defensa como elemento configurador del debido proceso, generando lesión a ese derecho fundamental; b) La restitución y corrección del defecto debe ser realizada de forma excepcional a través de la acción de libertad; y, c) Corresponde convocar nuevamente a las partes para la realización de la audiencia de medidas cautelares con la finalidad de restituir el derecho al debido proceso.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
- con carácter previo a interponer la acción de libertad, se debe apelar la misma, para que el superior en grado tenga la posibilidad de corregir la arbitrariedad denunciada
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR