SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0169/2019-S4

Fecha: 25-Abr-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 2 de febrero de 2015, por contrato de trabajo indefinido, ingresó a trabajar a la empresa CHILDREN’S PLACE, para desarrollar las actividades como educadora parvularia, con un salario mensual de Bs1 440.-(mil cuatrocientos cuarenta bolivianos), con una jornada laboral de 8:00 a 13:00, ejerciendo sus funciones de lunes a viernes, las cuales desempeñó hasta el 8 de febrero de 2018, cuando fue notificada con Memorándum de recisión de contrato de trabajo; decisión que la empleadora tomó al enterarse de su estado de embarazo; Por este hecho, formuló denuncia ante la Jefatura Departamental de Trabajo de La Paz, por despido intempestivo, la misma que fue notificada el 8 febrero del mismo año, a la representante legal de la citada empresa, quien se hizo presente a la audiencia señalada para 16 de igual mes y año, conforme se tiene del Informe suscrito por el Inspector de Trabajo, dependiente de la referida Jefatura, en la que la empresa se negó su a reincorporación, aduciendo que la ahora accionante hubiera cometido graves faltas e incumplido normas institucionales. Al estar plenamente acreditada su condición de madre gestante, dicha instancia administrativa, emitió la Conminatoria J.D.T.L.P./48-VI-CPE/D.S. 0496/RAAM 040/2018 de 21 de marzo, por la que ordenó a CHILDREN’S PLACE, reincorporar a la ahora accionante a su fuente laboral, al mismo puesto que ocupaba al momento de su despido, más el pago de salarios devengados y demás derechos sociales.

Sin embargo, transcurrió el plazo sin que se le hubiera reincorporado, por lo que el Inspector de Trabajo, dependiente de la indicada Jefatura, previa verificación, emitió el Informe V-207/18 de 10 de mayo de 2018, refiriendo el incumplimiento de dicha Conminatoria por parte de la empresa empleadora, que en lugar de reincorporarla, planteó recurso de revocatoria el 20 de abril del mismo año, que fue resuelto por Resolución Administrativa (RA) 335/18 de 21 de mayo de 2018, confirmando la Conminatoria  y consiguientemente el rechazo del mencionado recurso; ante tal determinación la empresa hoy demandada formuló Recurso Jerárquico el 12 de junio de 2018, siendo resuelto el mismo por Resolución Ministerial (RM) 938/18 de 13 de septiembre del mismo año, que confirmó la referida resolución administrativa.