SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0173/2019-S4
Fecha: 25-Abr-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante denunció como lesionados sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral y a la seguridad social; toda vez que, la empresa Inversiones Trujillo Proteg – Seguridad Privada, no dio estricto cumplimiento a la Conminatoria de Reincorporación Laboral JRTC/SC/JCZ 04/2018, emitida por la Jefatura Regional de Trabajo de
Camiri del departamento de Santa Cruz, pese a haber sido legalmente notificada con la misma, en la que se dispuso que se proceda a restituirlo a su fuente laboral, en el mismo puesto que ocupaba al momento de ser despedido, es decir, en el cargo de Guardia de Seguridad de la entidad crediticia CRECER sucursal Camiri del referido departamento; sin embargo, la citada empresa lo reincorporó en similar cargo, pero en la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Informe de la autoridad demandada
- concedió
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios de estabilidad y continuidad laboral, inmanentes al derecho al trabajo y al empleo
- III.2. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR