SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0183/2019-S3

Fecha: 16-Abr-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Trabajó en el Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre desde el 26 de abril al 16 de diciembre de 2016 en el cargo de Técnico II de la Comisión de Obras Públicas, Planificación y Ordenamiento Territorial; posteriormente la institución referida, renovó su contrato del 18 de enero al 15 de diciembre de 2017 como Auxiliar de Secretaria de la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo, Local, Financiera y de Gestión Administrativa; y habiendo tomado conocimiento de su estado de embarazo, suscribieron una adenda que dio continuidad a la relación laboral que finalizaba el 30 de marzo de 2018. A partir de esa fecha, solicitó a la entidad empleadora su recontratación por el derecho a la inamovilidad laboral que le asiste sin éxito alguno; por lo que paralelamente acudió a la Jefatura Departamental del Trabajo Chuquisaca denunciando tal extremo y solicitando la reintegración a su fuente laboral, instancia que emitió la Conminatoria de Reincorporación Laboral JDT-CH 025/2018 de 12 de junio, ordenando a la autoridad demandada, su restitución inmediata en el plazo de tres días; por tal motivo la institución citada planteó recurso de revocatoria que fue resuelto mediante Resolución Administrativa J.D.T.-CH.- 211/18 de 17 de julio de 2018, confirmando en todas sus partes la mencionada Conminatoria; por lo que la aludida Presidenta del Concejo Municipal de Sucre, planteó recurso jerárquico; haciendo caso omiso a las determinaciones de la autoridad competente para la reincorporación a su fuente laboral, teniendo la necesidad de seguir trabajando, ya que está bajo su responsabilidad a una niña menor de un año.