VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0019/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0019/2019

Fecha: 24-Abr-2019

la acción de inconstitucionalidad es una garantía

Respecto a la segunda dimensión, la acción de inconstitucionalidad es una garantía a favor del ciudadano, porque protege los principios de constitucionalidad y supremacía constitucional, reconocidos por el art. 410 de la CPE, en virtud del cual: “La Constitución es la norma suprema del ordenamiento jurídico boliviano y goza de primacía frente a cualquier otra disposición normativa…”; tomando en cuenta, a partir de esta disposición constitucional, que el principio de constitucionalidad supera al de legalidad, en la medida, que toda ley una vez promulgada puede ser analizada, cuestionada e invalidada, como consecuencia de su confrontación con la Norma Suprema y las del bloque de constitucionalidad.