VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0102/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0102/2019-S2

Fecha: 05-Abr-2019

la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional debió

En consecuencia, a criterio de la suscrita Magistrada, el Juez de garantías, al conceder la tutela impetrada, debió pronunciarse respecto a la responsabilidad civil y reparación de daños y perjuicios; y, en el marco de la indemnización como elemento del derecho a la reparación, además de disponer la calificación de daños y perjuicios contra los Directivos y miembros de la OTB Irincollo Central de Quillacollo del departamento de Cochabamba, que participaron de la Asamblea extraordinaria de 6 de mayo de 2018, en la que se asumió la determinación de cortar el acceso al servicio de agua potable de la solicitante de tutela; así como, de las personas que fueron parte de la ejecución de estas medidas de hecho, averiguables en ejecución de sentencia, ante la Jueza de garantías, en el marco de lo dispuesto por el art. 39 del Código Procesal Constitucional; por lo que, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional debió CONFIRMAR en parte la Resolución de 29 de mayo de 2018, emitida por la Jueza Pública Civil y Comercial Primera de Quillacollo del departamento de Cochabamba y CONCEDER en todo la tutela impetrada.