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    0249/2019-S1 de 15 de mayo
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    0249/2019-S1 de 15 de mayo

    Fecha: 15-May-2019

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    • CONFIRMAR
    • II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
    • II.1.  Presupuestos que hacen inejecutable las conminatorias de reincorporación laboral
    • se concluye que el alcance del procedimiento establecido en el DS 495, se limita a que esta jurisdicción verifique el incumplimiento de las conminatorias de reincorporación y en su caso determine que las mismas se cumplan. Empero, de verificarse en esta instancia constitucional, que dicha conminatoria adolece de irregularidades en el procedimiento seguido ante la Jefatura del Trabajo, Empleo y Previsión Social o que a la misma no se aplica la normativa u omite uno de los elementos constitutivos del debido proceso como garantía jurisdiccional; en ese caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional se verá imposibilitado de disponer se cumpla la conminatoria, ante la evidencia de su inejecutabilidad’”
    • Fragmento 5
    • II.2.  Sobre la incorporación de los trabajadores municipales a la Ley General del Trabajo
    • se exceptúa a las servidoras públicas y los servidores públicos electos y de libre nombramiento, así como quienes en la estructura de cargos de los Gobiernos Autónomos Municipales, ocupen cargos de dirección, secretarías general y ejecutiva, jefatura, asesor y profesional.
    • 1)
    • II.3.  La protección de la mujer trabajadora en estado de gestación y el progenitor hasta que la niña o el niño cumpla un año de edad
    • “…la normativa reglamentaria contenida en Artículo Único del DS 0496, es una norma permisiva, debido a que le otorga a la trabajadora o el trabajador, sujeto de protección constitucional al tenor de lo dispuesto en el art. 48.VI de la CPE, la posibilidad, por un lado, de solicitar al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social que instruya su reincorporación, o por otro, si así lo decide, prescindir de este medio administrativo y acudir directamente al amparo constitucional, en aplicación correcta de la excepción al principio de subsidiariedad
    • II.4.  Lo resuelto por la SCP 0249/2019-S1 de 15 de mayo
    • II.5.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 13
    • Fragmento 14
    • Asesor Técnico
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