0249/2019-S1 de 15 de mayo
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0249/2019-S1 de 15 de mayo

Fecha: 15-May-2019

Fragmento 14

En relación a la problemática planteada previamente cabe señalar la jurisprudencia glosada en el Fundamento Jurídico II.1 del presente        Voto Disidente en relación al procedimiento previsto en el DS 495, refiere que la misma se limita a que esta jurisdicción verifique el incumplimiento de las conminatorias de reincorporación y en su caso determine que las mismas se cumplan; empero también señala que de verificarse en esta instancia constitucional, que lo mencionado adolece de irregularidades en el procedimiento seguido ante la Jefatura del Trabajo, Empleo y Previsión Social o que a la misma no se aplica la normativa u omite uno de los elementos constitutivos del debido proceso como garantía jurisdiccional; en ese caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional se verá imposibilitado de disponer se cumpla la conminatoria, ante la evidencia de su inejecutabilidad.