AUTO CONSTITUCIONAL 0085/2019-CA
Fecha: 02-May-2019
I.1. Síntesis de la solicitud de parte
Mediante memorial presentado el 3 de abril de 2019, cursante de fs. 138 a 145, la accionante señala que el art. 41.IV del DS 2174 atenta al debido proceso, ya que se estaría obstaculizando la segunda instancia dentro de un proceso administrativo, pretendiendo hacer “sufrir” una sanción por adelantado sin haber existido una resolución ejecutoriada; en ese sentido, no se puede depositar como garantía el monto que se está litigando, por existir instancias posteriores dentro del referido proceso, por lo que considera necesario someter a un test de proporcionalidad la norma cuestionada.
Asimismo, manifiesta que el precepto impugnado vulnera la presunción de inocencia, ya que mediante una norma procedimental se les quita el derecho de interponer los recursos franqueados por ley, dejando indefenso al denunciado frente a un eventual exceso de la autoridad sumariante, el derecho a recurrir en segunda instancia, lo que lesiona la garantía de impugnación en los procesos judiciales y administrativos.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- NO PROMOVER
- II.1. Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- procederá en el marco de un proceso
- la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas
- el peticionante debe efectuar una fundamentación clara y precisa, acorde a las exigencias establecidas en el Código Procesal Constitucional, en la medida que esta jurisdicción adquiera duda razonable sobre la presunta inconstitucionalidad de la norma legal impugnada
- fundamentación exigida en el art. 24.I.4 del CPCo, cuyo incumplimiento es sancionado con el rechazo de la acción, conforme estipula el art. 27.II. inc. c) del mismo Código
- también es imprescindible que se exprese y justifique en qué medida la decisión que debe adoptar el Juez o Tribunal depende de la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la disposición legal impugnada
- II.4. Análisis del caso concreto
- inconstitucionalidad es un proceso constitucional de control concreto de constitucionalidad de normas jurídicas en el que el juez constitucional debe confrontar el texto de la norma impugnada con el de la Constitución Política del Estado, para determinar si hay contradicción en sus términos, con el objeto de realizar el control correctivo de la norma y así depurar el ordenamiento jurídico del Estado
- Fragmento 13
- RATIFICAR