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    AUTO CONSTITUCIONAL 0093/2019-CA
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    AUTO CONSTITUCIONAL 0093/2019-CA

    Fecha: 08-May-2019

    Fragmento 1

    En consulta la Resolución de 9 de abril de 2019, cursante de fs. 56 a 57, pronunciada por el Responsable de Asesoría Legal de la Unidad de Ordenamiento Territorial (UNOT) y Catastro del Gobierno Autónomo Municipal de Llallagua del departamento de Potosí, determinó no promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Lizeth Medrano Chulve, Karla Terán Romero y Florencia Romero Butrón Vda. de Terán, demandando la inconstitucionalidad de la Disposición Final Primera de la Ley Municipal 168/2018 de 28 de mayo, “Ley para Construcciones Clandestinas y Fuera de Norma”, y del art. 29 del Reglamento Administrativo Sancionatorio aprobado mediante Decreto Municipal 005/2018 de 28 de junio, por supuestamente contravenir los arts. 115.II, 232 y 233 de la Constitución Política del Estado (CPE).

    • Fragmento 1
    • I.1. Síntesis de la solicitud de parte
    • no promover
    • II.1.  Norma impugnada y preceptos constitucionales supuestamente infringidos
    • II.2.  Marco normativo constitucional y legal
    • procederá en el marco de un proceso
    • la identificación de la disposición legal y las normas impugnadas
    • la acción de inconstitucionalidad
    • II.3.  Análisis del caso concreto
    • Fragmento 10
    • Fragmento 11
    • RATIFICAR

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