Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0096/2019-CA
Fecha: 09-May-2019
Fragmento 1
En consulta, la Resolución Ejecutiva 106/2019 de 9 de abril, cursante de fs. 471 a 474, pronunciada por el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz por la que rechazó la solicitud de promover la acción de inconstitucionalidad concreta interpuesta por Francisca Mamani Romero, Cecilia Callisaya de Nina, Rebeca Rojas Peralta y Palmira Limachi Mamani, demandando la inconstitucionalidad de la Ordenanza Municipal (OM) G.A.M.L.P. 127/2014 de 28 de marzo, por ser presuntamente contraria a los arts. 56.I y II, 108.1 y 2, 272, 283, 302.I.29 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de la solicitud de parte
- rechazó
- II.2. Marco normativo constitucional y legal
- aún
- 4.
- consiste en la presentación de razonamientos y criterios derivados de la Constitución Política del Estado, que configure una duda razonable y haga justificable un examen de los mismos, con el objeto de verificar si la norma demandada es conforme a la Constitución Política del Estado
- toda demanda de inconstitucionalidad concreta, debe contener una carga argumentativa racional y suficiente, en la medida que el Tribunal Constitucional Plurinacional, adquiera una duda razonable sobre la incompatibilidad con el texto constitucional
- II.3. Análisis del caso concreto
- aún en recurso jerárquico
- RATIFICAR