Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0197/2019-S1
Fecha: 07-May-2019
I.1.2. Derechos, garantía y principios supuestamente vulnerados
El accionante considera vulnerados sus derechos a la defensa, al debido proceso, a la “seguridad jurídica”, a un proceso público, al juez natural, a la igualdad procesal, a ser juzgado sin dilaciones, a la legalidad procesal, a la “racionalidad”, a la obtención de “…una resolución fundada en derecho…” (sic), congruente y motivada, al trabajo, a la propiedad privada y a la petición, citando al efecto los arts. 13.I, 14.III, IV y V, 24, 46, 56, 115, 116, 121, 128, 129, 178 y 410 de la Constitución Política del Estado (CPE); 25.1 y 32.2 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 8 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos, garantía y principios supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la
- CONFIRMAR