SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0202/2019-S4

Fecha: 09-May-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

La empresa AAPOS Potosí, en la cual prestaban sus servicios, sin justificativo alguno, entre el 5 y 6 de febrero de 2018, dispusieron sus traslados a otros puestos de trabajo sin contar con sus consentimientos, mismo que no se les consultó  previamente para asumir esa medida, la cual supone una desvinculación laboral, situación que se consolidó en las siguientes cuarenta y ocho horas, cuando fueron presionados a firmar su renuncia.

Ante la vulneración de sus derechos como trabajadores, acudieron a la Jefatura Departamental de Trabajo de Potosí, denunciando su ilegal desvinculación laboral, instancia que señaló audiencia para el 19 de marzo de 2018; acto que se desarrolló con su asistencia y la del representante de la referida empresa hoy demandada, donde en respuesta a la preguntas del Inspector del Trabajo respecto, si les correspondían las firmas que estaban en las cartas de renuncia, en la que se reiteró que para su obtención fueron presionados y hostigados, puesto que inclusive fueron amenazados con iniciarles procesos y con la pérdida de  sus beneficios sociales.

Concluida la referida audiencia, el Jefe Departamental de Trabajo de Potosí, emitió la Resolución de Conminatoria JDTP 015/2018 de 17 de abril, declarando controversial su pedido de reincorporación laboral; determinación que fue impugnada mediante recurso de revocatoria, mismo que no fue resuelto; luego, a través del recurso jerárquico interpuesto ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social; instancia que mediante Resolución Ministerial (RM) 940/18 de 13 de septiembre de 2018, dispuso su reincorporación inmediata a los puestos laborales que se encontraban desempeñando y no obstante de haberse notificado con esta determinación a la empresa demandada el 24 de septiembre del mencionado año, no dio cumplimiento a lo ordenado, conforme pudo constatar la Jefatura Departamental de Trabajo de Potosí, a través del Inspector Manuel Basilio Choque, quien previa verificación, expidió el Informe MTEPS/JDTP/IT/MBC/19/2018 de 25 de septiembre, dando cuenta del referido incumplimiento, que persiste hasta la fecha de interposición de la presente acción de defensa, conforme certificó la Notaria de Fe Pública 3 de Potosí.