SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0223/2019-S1

Fecha: 07-May-2019

Fragmento 6

La Jueza del Tribunal de Sentencia Penal Segunda del departamento de Pando, en suplencia legal del Juzgado de Ejecución Penal  del referido departamento, en razón de turno por vacación colectiva judicial, constituida en Jueza de garantías, con carácter previo a resolver la acción de defensa, en audiencia, se pronunció sobre la excepción de incompetencia planteada por la autoridad demandada, rechazando la misma, indicando que carecía de fundamento con asidero legal; toda vez que, según la Resolución 28/2018, emitida por la Sala Plena del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, resolvió dejar a su autoridad en suplencia legal del Juzgado de Ejecución Penal; asimismo, el art. 32 del CPCo, es claro en señalar que Tribunales o Juzgados son competentes para conocer las acciones de defensa, esto con relación al art. 125 de la CPE; por lo que, en audiencia no se oyó sustento valedero sobre este motivo, menos se presentó alguna prueba objetiva que sustente dicha excepción (fs. 68 vta. a 69).