SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0229/2019-S4
Fecha: 16-May-2019
1)
El peticionante de tutela a través de su abogada, se ratificó en la demanda de acción de amparo constitucional y ampliando la misma, manifestó lo siguiente: 1) La amplia jurisprudencia constitucional reconoce la estabilidad laboral de todos los trabajadores asalariados de acuerdo al naturaleza de la relación laboral y dentro los marcos señalados en la Ley General del Trabajo; 2) Conforme dispone la SCP 0123/2018-S4 de 16 de abril, debe prescindirse del principio de subsidiariedad en aquellos casos en que una trabajador o trabajadora hubiera tramitado ente la Jefatura Departamental del Trabajo la reincorporación a su fuente laboral ante un despido sin causa legal, precepto que se aplica en el presente caso; y, 3) Si el empleador no reincorpora al trabajador ante una conminatoria de reincorporación en los términos establecidos en el Decreto Supremo (DS) 495 de 1 de mayo de 2010, ante ese incumpliendo, se abre la vía constitucional para su reclamo.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- i)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios de estabilidad y continuidad laboral, inmanentes al derecho al trabajo y al empleo
- III.2. La aplicación del estándar más alto de protección y la obligatoriedad de cumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR