SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0284/2019-S4
Fecha: 29-May-2019
a)
Marco Ernesto Jaimes Molina y Olvis Eguez Oliva, Magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, por informe escrito de 22 de noviembre de 2018, cursante de fs. 194 a 198, señalaron que: a) La acción de amparo constitucional presentada, contiene una imprecisa, contradictoria y poco clara exposición de fundamentos, además que no precisó el nexo de causalidad entre los derechos y el acto vulneratorio que se acusan; b) Si bien en el recurso de casación se expuso una cuestión concerniente a la competencia del juzgador civil, tal situación fue considerada y analizada en el marco de los parámetros establecidos por la naturaleza vertical del recurso de casación, a partir del principio per saltum, al haberse establecido que el reclamo sobre la falta de competencia del Juez civil y la asignación de la misma al Juez laboral, no formó parte del recurso de apelación; y, c) En cuanto a la incongruencia omisiva en la que habría incurrido el Tribunal de apelación respecto a la valoración de la prueba documental, confesoria y declaraciones testificales, la labor del Tribunal de casación se limitó a establecer si hubo o no respuesta a los reclamos del recurrente, por lo que se absolvió tal cuestionamiento; en consecuencia, los argumentos expuestos por la parte accionante no tienen sustento legal, al no advertirse la vulneración de los derechos señalados como lesionados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- Fragmento 12
- objetivo
- prorrogable
- III.3. Análisis del caso concreto
- REVOCAR