SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0304/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0304/2019-S1

Fecha: 28-May-2019

denegó

La Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, mediante Resolución de 5 de noviembre de 2018, cursante de fs. 17 a 18, denegó la tutela solicitada por existir cosa juzgada constitucional, bajo los siguientes fundamentos: a) El art. 29.7 del CPCo, dispone que no serán admisibles las acciones de defensa en los casos que exista cosa juzgada constitucional; b) Aunque en la “sentencia” de 18 de septiembre de igual año, emitida por el Juez Público Civil y Comercial Segundo de Cobija del departamento de Pando, constituido en Juez de garantías constitucionales, no indica de forma específica cual el contenido del requerimiento de certificación, en la audiencia se aclaró que lo que pedían en el primer “…amparo y en este…” (sic), es que les certifiquen si están incluidas en
el proceso administrativo abierto en contra de varias personas por invasión a terrenos de propiedad municipal de Cobija; c) Siendo la misma petición en ambos “amparos”, el objeto es el mismo; d) Las peticionantes de tutela y demandados son las mismas personas en ambos “amparos”; por lo que, existe identidad de sujetos; e) Los hechos que fundamentan lo impetrado son los mismos; es decir, saber si están o no incluidas en el proceso administrativo iniciado por el municipio de Cobija a varias personas por supuesta invasión a terrenos de dicha entidad municipal, existiendo por ello identidad de causa; f) Existe identidad de sujetos, objeto y causa en ambas acciones de amparo constitucional, lo que hace inadmisible la presente acción de defensa tal cual lo dispone el art. 29.7 del citado Código; y, g) Lo que corresponde en este caso, es impugnar la respuesta a través del “recurso de queja” ante el juez que emitió la “sentencia” de 18 de septiembre de 2018, si las accionantes no están de acuerdo con dicha determinación.