SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2019-S2

Fecha: 29-May-2019

concedió

El Juez de Sentencia Penal Tercero de la Capital del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, mediante la Resolución 01/2019 de 9 de enero, cursante de fs. 21 a 24, concedió la tutela impetrada, sobre la base de los siguientes fundamentos: i) El ahora accionante, en tres oportunidades solicitó la audiencia de cesación de la detención preventiva, las cuales fueron suspendidas sin ninguna justificación, debiendo haber tomado en cuenta la autoridad hoy demandada, que el sindicado se encuentra privado de libertad; motivo por el cual, en la primera petición de audiencia, se encontraba sin la firma de éste, lo cual podía ser subsanado con la firma de su abogado; ii) Considerando que en la segunda solicitud, se señala audiencia, ésta se dejó sin efecto debido a que por una apelación verbal pendiente, la cual no correspondería; la autoridad demandada, debió haber instalado la audiencia de cesación de la detención preventiva, y denegar la solicitud con la fundamentación requerida, y no solo basarse en un informe emitido por el Secretario del Juzgado; iii) Finalmente en la tercera solicitud, el ahora demandado emitió la Resolución 001/2019, en la cual declina competencia en razón a territorio, lo señalado no implica y significa la vulneración de derechos al debido proceso; sin embargo, al haber omitido la autoridad jurisdiccional en las actuaciones anteriores, lesionó los derechos a la celeridad que deben caracterizar a todo proceso, más aún cuando se trata de una persona privada de libertad; y, iv) Toda vez que, existe un pronunciamiento de declinatoria de competencia en cuanto a territorio, corresponde al Juez hoy demandado, remitir en el plazo establecido ante la autoridad jurisdiccional de la localidad de Chuma, quien con el apersonamiento deberá señalar audiencia conforme a procedimiento.