Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE A LA DCP 0037/2019
Fecha: 16-May-2019
improcedencia
La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la DCP 0037/2019 de 16 de mayo, que declaró la improcedencia de la consulta de control sobre la constitucionalidad del proyecto de “Ley de prohibición para que familiares que tengan vínculo de parentesco con Altas Autoridades del Estado Plurinacional de Bolivia, no desempeñen funciones públicas en instituciones del Estado”.
- Partes:
- improcedencia
- I.
- II.1.
- para construir, hilar una nueva teoría jurídica del derecho boliviano, en una secuencia lógica que va desde la comprensión de este nuevo derecho hasta los criterios para su aplicación judicial
- que establecieron el carácter de fuente directa del derecho de la jurisprudencia
- la doctrina constitucional contemporánea le otorga [a la jurisprudencia] un lugar esencial como fuente directa del Derecho
- overruling retrospectivo
- 1.
- a dichos límites, se añade la prohibición de aplicar retroactivamente un precedente que podría restringir el derecho de acceso a la justicia constitucional, ya sea porque con dicha jurisprudencia se imponen o se endurecen los requisitos para la presentación de las acciones constitucionales, o se generan nuevas causales de improcedencia o, en su caso, el nuevo precedente, pese a efectuar una interpretación favorable del derecho -por ejemplo derecho a recurrir- podría dar lugar a que en su aplicación resulte desfavorable para el acceso a la justicia constitucional,
- overruling prospectivo
- cambió el entendimiento jurisprudencial vinculado a las consultas sobre la constitucionalidad de los proyectos de ley
- , considera que debió ingresarse al fondo de la consulta sobre la constitucionalidad del proyecto de
- Las sentencias, declaraciones y autos del Tribunal Constitucional, son obligatorias y vinculantes para los Poderes del Estado, legisladores, autoridades y tribunales.