VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0231/2019-S2
Fecha: 15-May-2019
CONFIRMAR
En todo caso, considera que debió CONFIRMAR la Resolución Constitucional; y en consecuencia: CONCEDER totalmente la tutela solicitada, respecto a la solicitud de reincorporación a la fuente laboral del impetrante de tutela y DISPONER además, el pago de sus salarios devengados y otros derechos sociales.
En consecuencia, a criterio de la suscrita Magistrada, el Tribunal de garantías al conceder la tutela impetrada obró correctamente; consiguientemente, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0231/2019-S2 de 15 de mayo, debió CONFIRMAR la Resolución 17 de 26 de octubre de 2018, cursante de fs. 60 a 64 vta., pronunciada por la Sala Primera en Materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y en consecuencia:
- confirmó en parte
- CONFIRMAR
- a
- 1)
- II.1. Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación y el estándar jurisprudencial más alto
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- i)
- II.2. Motivos
- b)
- c)
- d)
- En ese entendido, la SCP 0231/2019-S2, debió efectuar el siguiente análisis del caso concreto
- tutela provisional
- protección de las
- 2)
- 3)
- al emitirse una resolución que conmine la reincorporación, ello no debe significar que de manera inmediata, la jurisdicción constitucional, haga cumplir la misma tal cual se refirió, como si fuera una instancia más, que ordene la automática reincorporación del trabajador a su fuente laboral, en su caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la revisión de los procesos puestos en su conocimiento, debe hacer una valoración integral de todos los datos del proceso, los hechos y los supuestos derechos vulnerados, y después de ello, haciendo prevalecer la `verdad material´ sobre la verdad formal