Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0231/2019-S2
Fecha: 15-May-2019
confirmó en parte
La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0231/2019-S2 de 15 de mayo, que confirmó en parte la Resolución 17 de 26 de octubre de 2018, pronunciada por la Sala Primera en Materia de Trabajo y Seguridad Social del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías; y, concedió en parte la tutela solicitada, únicamente con relación a la reincorporación de la accionante a su fuente laboral, y denegó respecto al pago de sueldos devengados.
- confirmó en parte
- CONFIRMAR
- a
- 1)
- II.1. Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación y el estándar jurisprudencial más alto
- Fragmento 6
- Fragmento 7
- i)
- II.2. Motivos
- b)
- c)
- d)
- En ese entendido, la SCP 0231/2019-S2, debió efectuar el siguiente análisis del caso concreto
- tutela provisional
- protección de las
- 2)
- 3)
- al emitirse una resolución que conmine la reincorporación, ello no debe significar que de manera inmediata, la jurisdicción constitucional, haga cumplir la misma tal cual se refirió, como si fuera una instancia más, que ordene la automática reincorporación del trabajador a su fuente laboral, en su caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la revisión de los procesos puestos en su conocimiento, debe hacer una valoración integral de todos los datos del proceso, los hechos y los supuestos derechos vulnerados, y después de ello, haciendo prevalecer la `verdad material´ sobre la verdad formal