Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0245/2019-S2
Fecha: 21-May-2019
CONFIRMAR
En consecuencia, a criterio de la suscrita Magistrada, la Jueza de garantías al conceder la tutela impetrada, obró de forma correcta; consiguientemente, la Sala Segunda del Tribunal Constitucional Plurinacional a través de la SCP 0245/2019-S2 de 21 de mayo, debió CONFIRMAR la Resolución 14/18 de 8 de noviembre de 2018, pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Vigésima de la Capital del departamento de Santa Cruz; y en consecuencia:
- I. ANTECEDENTES RELEVANTES DE LA DISIDENCIA
- CONFIRMAR dicha Resolución Constitucional
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- 1)
- II.1. Presentación directa de la acción de amparo constitucional ante incumplimiento de las conminatorias de reincorporación laboral
- Fragmento 6
- por una parte
- Por otra parte
- i)
- II.2. Motivos de la Disidencia y análisis del caso concreto
- dichas cuestiones deben ser resueltas por la autoridad laboral administrativa y judicial, a través del proceso correspondiente
- a)
- b)
- c)
- d)
- En ese entendido, la SCP 0245/2019-S2, debió efectuar el siguiente análisis del caso concreto:
- Fragmento 17
- CONFIRMAR
- 1° CONCEDER totalmente
- protección de las
- 2)
- 3)
- al emitirse una resolución que conmine la reincorporación, ello no debe significar que de manera inmediata, la jurisdicción constitucional, haga cumplir la misma tal cual se refirió, como si fuera una instancia más, que ordene la automática reincorporación del trabajador a su fuente laboral, en su caso, el Tribunal Constitucional Plurinacional, en la revisión de los procesos puestos en su conocimiento, debe hacer una valoración integral de todos los datos del proceso, los hechos y los supuestos derechos vulnerados, y después de ello, haciendo prevalecer la `verdad material´ sobre la verdad formal