VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0329/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0329/2019-S2

Fecha: 29-May-2019

I.

La suscrita Magistrada expresa su disidencia con lo resuelto en la SCP 0329/2019-S2 de 29 de mayo, que confirma la Resolución de 28 de noviembre de 2018, cursante de fs. 242 vta. a 250 vta., pronunciada por la Jueza Pública Civil y Comercial Séptima de la Capital del departamento de Potosí; y en consecuencia, deniega la tutela impetrada.

i)       En caso de que una trabajadora o un trabajador, ante un eventual retiro intempestivo sin causa legal justificada opte por su reincorporación, deberá denunciar este hecho ante las Jefaturas Departamentales de Trabajo; entidades que deberán asumir el trámite previsto por el DS 0495, emitiendo si corresponde la conminatoria de reincorporación en los términos previstos en esta norma, y en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas.