VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0329/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0329/2019-S2

Fecha: 29-May-2019

II.

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la vida, al trabajo y a la inamovilidad laboral; toda vez que, el Consejo de la Magistratura a través de los demandados procedió al cese de sus funciones; no obstante, de ser padre progenitor de un niño menor a un año, no dieron cumplimiento a la Conminatoria de Reincorporación JDTP-HRF 44/2018, emitida en su favor por la Jefatura Departamental de Trabajo de Potosí, pese a ser de conocimiento de los demandados.

ii)      Aclarando que la conminatoria dispuesta por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, en los alcances del DS 0495, no constituye una resolución que defina la situación laboral de la trabajadora o el trabajador, por cuanto el empleador puede impugnar ésta determinación en la justicia ordinaria, conforme previene el referido Decreto Supremo; vale decir interponiendo una acción laboral dentro los alcances establecidos por el art. 65 del Código Procesal del Trabajo (CPT), precepto que otorga la posibilidad al empleador de constituirse en parte demandante en una acción social, instancia en la que en definitiva se establecerá si el despido fue o no justificado, esto debido a que la justicia constitucional sólo viabiliza la tutela inmediata ante la decisión unilateral del empleador que opta por un despido intempestivo sin causa legal justificada.