Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0171/2019-RCA
Fecha: 10-Jun-2019
Fragmento 1
En revisión la Resolución de 2 de mayo de 2019, cursante de fs. 39 a 41 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Leonor Juchani Jora contra Carlos Jiménez Terán, Juez Público Mixto de Familia, de la Niñez y Adolescencia y de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal Primero de Capinota del departamento de Cochabamba.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- Fragmento 4
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
- De conformidad con el art. 129.II de la CPE, concordante con el art. 55 del CPCo, haya dejado transcurrir el plazo de seis meses sin haber reclamado la restitución de sus derechos
- e)
- h)