Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0182/2019-RCA
Fecha: 24-Jun-2019
I.5. Síntesis de la impugnación
Refiere que: El 12 de noviembre de 2018, fueron notificados con la Sentencia Agroambiental 64/2018, tomando en cuenta el plazo de seis meses que rige el principio de la inmediatez, el cual vencía el domingo 12 de mayo de 2019, por lo que al ser un día inhábil, presentaron la acción tutelar el 13 del mismo mes y año, siendo este hábil.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.2.
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- II.2.
- , cuando el plazo de los seis meses previstos para la interposición de la acción de amparo constitucional, venza en un día feriado declarado por ley o en un día inhábil (sábado o domingo), o cualquier otra situación análoga como una suspensión de actividades judiciales departamentales, paro cívico departamental, etc., la referida acción podrá ser presentada válidamente al día siguiente hábil
- 2.
- 5.