DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2019

Fecha: 19-Jun-2019

III.3.1.   Aspectos relevantes sobre la Resolución Determinativa 007/2018 de 7 de octubre, remitida en consulta ante el Tribunal Constitucional

Ingresando en los antecedentes de la Consulta formulada por el Kuraka de la Marka Camata, el Informe TCP/STyD/UD/Nº 002/2019, refiere que las personas expulsadas a través de la Resolución Determinativa 007/2018 –Aurelio Flores y Profidio Mamani–, no son afiliados ni pertenecen a la Marka Camata, no obstante, se asentaron en las comunidades de Centro Florida y Bronce Mayo –dentro de la TICO–, sin autorización de las autoridades originarias de la Marka Camata. Agregando que, las faltas en las que incurrieron y que fueron sancionadas con la expulsión, fueron: el incumplimiento a los usos y costumbres de la Marka; la falta de afiliación; avasallamiento de tierras; intento de división de la TICO Marka Camata, al tratar de sobreponer una supuesta marka “Centro Villa Florida” dentro de la TICO; y, agredir físicamente a comunarios de la Marka, sobre todo a personas de la tercera edad, quemando sembradíos e instigando a la ruptura de la convivencia armónica de sus habitantes.

Acota a lo anterior, que la sanción de expulsión fue aplicada en ocasión de conflictos anteriores, registrándose aquello en el “libro de actas de justicia” de la Marka Camata; constatándose de esta forma, la consuetudinariedad de esta norma, cuya persistencia en su sistema normativo tiene el propósito de proteger a la comunidad y preservar su convivencia armónica, logrando que los infractores reflexionen y cambien su comportamiento; misma que se constituye en la máxima penalidad para casos graves, pero que no es absoluta.