DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2019
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0042/2019

Fecha: 19-Jun-2019

III.4.

De los antecedentes que informan la presente consulta interpuesta por Wálter Humpiri Calle, Kuraca de la TICO Marka Camata, de la provincia Muñecas del departamento de La Paz y los datos proporcionados a través de la Unidad de Descolonización de la Secretaría Técnica y Descolonización del Tribunal Constitucional Plurinacional, en el Informe Técnico de Campo TCP/STyD/UD/Nº 002/2019; se tiene que, la autoridad consultante remite ante este Tribunal, la Resolución Determinativa 007/2018, mediante la cual la Organización Originaria Indígena Marka Camata, determinó Informe Técnico de Campo TCP/STyD/UD/002/2019 de 1 de febrero, la expulsión de Aurelio Flores y Porfidio Mamani, disponiendo la notificación de otras instituciones para el respeto y cooperación en la ejecución del fallo dictado por dicha jurisdicción.

En ese contexto, siguiendo el orden de los presupuestos de procedencia de la Consulta, expuestos en el Fundamento Jurídico III.1 de esta Declaración Constitucional Plurinacional, se advierte que fue presentada por el Kuraca Wálter Humpiri Calle, máxima autoridad con potestad de administración de justicia de la TICO Marka Camata, habiéndose contextualizado los hechos y circunstancias en los que se aplicó la sanción de expulsión y explicitado su carácter consuetudinario, según los datos y características propias de la referida TICO, como se explicita en el Fundamento Jurídico III.3 de este fallo constitucional; dando cumplimiento con ello, a los requisitos señalados en los numerales 1 al 3 del art. 131 del CPCo.

Asimismo, en los antecedentes proporcionados por el Informe Técnico de Campo TCP/STyD/UD/Nº 002/2019, se expone que fueron varias las normas aplicadas en la Resolución Determinativa 007/2018 (afiliación a la marka, avasallamiento, integridad e indivisibilidad, convivencia armónica, etc.), cuya vulneración por parte de los infractores -Aurelio Flores y Porfidio Mamani-, fue el motivo para que se les impusiera la sanción de “expulsión”, misma que se identifica como norma objeto de la presenta consulta, recalcando el propósito de esta penalidad en la Marka Camata, así como su carácter consuetudinario.