SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0353/2019-S4
Fecha: 12-Jun-2019
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega que se vulneró su derecho a la libertad; toda vez que, dentro del proceso de asistencia familiar en su contra, la Jueza Pública de Familia Décima Segunda del departamento de La Paz, el 27 de noviembre de 2018, expidió mandamiento de libertad a su favor; sin embargo el Verificador de la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario de San Pedro de La Paz −ahora demandado–hasta el momento de interposición de esta acción tutelar, en un acto dilatorio, omitió verificar dicho mandamiento de libertad con la finalidad de ejecutar el mismo, transcurriendo más de veinticuatro horas, incumpliendo el plazo que señala la norma, motivo por el cual permanece ilegalmente privado de su libertad.
- Benita Victoria Quispe Illanes
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- sin embargo, ya el anterior Tribunal Constitucional estableció dos aspectos que deben ser observados a momento de cumplir esta disposición legal y que de ninguna manera puede ser interpretada como restrictiva de la libertad, es así que como primer punto se señaló que los encargados de recintos penitenciarios de manera previa a la ejecución del mandamiento de libertad deben verificar si en el file de la persona privada de libertad no existe otro mandamiento que restrinja el derecho a la libertad y segundo, deben verificar si el mandamiento presentado es auténtico,
- III.2.
- previo a ello de manera inmediata y sin que ello origine una demora indebida deben verificar si existen o no otros mandamientos en contra del imputado, así como determinar la autenticidad de éste
- REVOCAR
- 2º