SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0363/2019-S1

Fecha: 10-Jun-2019

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

Refiere que su hijo mayor -ahora representante sin mandato- es el responsable de generar los ingresos económicos de su hogar con la venta de artesanías teniendo a su cargo a ocho hermanos menores de edad, y lamentablemente hasta el 10 de igual mes y año la suma por la atención medica asciende a          Bs.3 780.- (tres mil setecientos ochenta bolivianos), de cuyo monto su hijo ofreció cancelar la suma de Bs1 000.-(mil bolivianos); sin embargo, dicho ofrecimiento fue rechazado por  Jorge Polo Sandoval, Sub Director del Hospital Clínico Viedma quien exigió la cancelación de la deuda en su totalidad; empero, al no contar con ese monto de dinero, solicitó una rebaja siendo también rechazada por la Visitadora Social.

Señala que al encontrarse totalmente recuperada, recibiendo medicación para cerrar la herida, solicitó su alta voluntaria mediante una carta notariada dirigida al mencionado nosocomio y al no contar con el total del monto adeudado su hijo indicó que se encontraba dispuesto a firmar un documento de pago; empero, dicho pedido también fue rechazado, encontrándose retenida en el referido Hospital en contra de su voluntad, vulnerando su derecho a la salud y sobre todo a la libertad de locomoción.