SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2019-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0372/2019-S1

Fecha: 10-Jun-2019

segunda problemática

En cuanto a la segunda problemática planteada, el peticionante de tutela denunció que se apersonó al Juzgado de Ejecución Penal de El Alto el 1 de diciembre de 2018; empero, su personal se rehusó a recibir su memorial de solicitud de salida médica, en ese contexto, al existir una petición y la alegación de vulneración de su derecho a la salud y a la vida, este debe tener especial consideración; toda vez que, conforme a lo expuesto en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo, el Estado tiene el deber de observar y preservar en todo lo que sea posible los derechos fundamentales a la salud y a la vida en tanto se demuestre el riesgo de afectación del bien jurídico vida; por lo que, al respecto y dentro de este análisis constitucional, la autoridad demandada no presentó informe alguno ni asistió a la audiencia de acción de libertad pese a su legal citación (fs. 8) a objeto de desvirtuar la negativa de recepción de la solicitud de salida médica del ahora accionante; en ese entendido, es preciso aplicar la jurisprudencia desarrollada en el Fundamento Jurídico III.3 de esta Sentencia Constitucional Plurinacional, la cual estableció que, en cumplimiento de los principios de compromiso e interés social y de responsabilidad que rigen la función pública así como la naturaleza de los derechos tutelados por esta garantía constitucional, al no haber sido desvirtuados los hechos y actos denunciados en contra del Juez hoy demandado por esta autoridad, se presumirá la veracidad de los mismos convergiendo el reproche a la autoridad demandada, en cuanto a la falta de control jurisdiccional por la autoridad demanda respecto de su personal sobre la negativa de recibir la solicitud de salida médica aspecto que tiene incidencia en el derecho a la salud del ahora accionante vinculado a su derecho a la vida; por lo que, al respecto corresponde conceder la tutela solicitada.