SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0408/2019-S2
Fecha: 24-Jun-2019
denegó
La Jueza Pública Mixta e Instrucción Penal Primera de Cabezas del departamento de Santa Cruz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 04/2018 de 26 de octubre, cursante de fs. 88 a 91, denegó la tutela solicitada, con los siguientes fundamentos: 1) Al existir hechos controvertidos, no corresponde a la justicia constitucional resolverlos conforme lo señala la SC 0675/2011-R de 16 de mayo; y, 2) Las autoridades indígenas originario campesinas de la comunidad de la Capitanía Takovo Mora A.P.G., son las que gozan de jurisdicción para resolver conflictos, problemas o controversias que afecten la convivencia social armónica dentro de su territorio indígena originario campesino, para evitar confrontaciones como las acontecidas en el caso concreto, por lo que tiene competencia para conocer y resolver lo ocurrido el 17 de septiembre de 2018, en el Predio “La Cruz Monte del Gallo”, perteneciente al territorio indígena originario campesino Takovo Mora A.P.G.; dentro del marco de su cosmovisión, usos y costumbres, manteniendo una vida armoniosa.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- 1)
- i)
- a)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La labor de la justicia constitucional ante la constatación de denuncias de actos vinculados a medidas o vías de hecho o, justicia por mano propia
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR
- MAGISTRADA