VOTO DISIDENTE DE LA SCP 0364/2019-S2
Fecha: 05-Jun-2019
II.2. Motivos de la Disidencia y análisis del caso concreto
La suscrita Magistrada, expresa su desacuerdo con los razonamientos y con la parte dispositiva de la SCP 0364/2019-S2, por considerar que el hecho de que la Convocatoria no establezca la obligación de fundamentar y motivar la resolución de inhabilitación, de ninguna manera justifica la omisión de una debida fundamentación y motivación en la Resolución de inhabilitación cuestionada en el caso concreto; puesto que, la administración pública está regida por los principios de interdicción de la arbitrariedad y el respeto a los derechos fundamentales; y por ende, la exclusión de una convocatoria, debe mínimamente explicar los motivos por los cuales se inhabilitó al postulante, conforme al razonamiento desarrollado en el Fundamento Jurídico señalado precedentemente.
- Partes:
- I. ANTECEDENTES RELEVANTES DE LA DISIDENCIA
- II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
- a)
- que toda resolución debe exponer los hechos y el fundamento legal de la decisión, de manera que en caso de omisión, se estaría vulnerando dicho derecho.
- Fragmento 6
- II.1.1. El deber de fundamentación y motivación de las decisiones de exclusiones en convocatorias emitidas por la administración
- II.2. Motivos de la Disidencia y análisis del caso concreto
- En ese entendido,
- REVOCAR
- 2°
- MAGISTRADA
- el contenido esencial del derecho a una resolución fundamentada y motivada
- c)