I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El accionante a través de su representante, amplió el contenido de la acción de libertad señalando que se encuentra detenido en el Centro Penitenciario Palmasola de Santa Cruz desde el 17 de diciembre de 2015, cumplió su condena el 18 de diciembre de 2018, razón por la cual, presentó memorial solicitando su libertad definitiva; empero, le pidieron certificado de permanencia actualizado, mismo que demoraría un mes en obtener, cuando correspondía sea liberado a la conclusión de su pena, habiendo transcurrido “a la fecha” diez días sin pronunciamiento de la autoridad demandada, conculcándose su derecho a la libertad.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- denegó
- II.1.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad innovativa
- el propósito fundamental de la acción de libertad innovativa, tiene la misión fundamental de evitar que en el futuro se repitan y reproduzcan los actos contrarios a la eficacia y vigencia de los derechos a la vida, la libertad física y de locomoción
- procede la acción de libertad -bajo la modalidad innovativa- aún hubiere cesado el acto ilegal en cualquiera de las modalidades protectivas de la acción de libertad; es decir, la amenaza al derecho a la vida, la privación de libertad, la persecución indebida o, en su caso el indebido procesamiento vinculado con el derecho a la libertad física o personal
- sino también de advertir a la comunidad en su conjunto, sean autoridades, servidores públicos o personas particulares, que las conductas de esa naturaleza contravienen el orden constitucional y, por consiguiente, son susceptibles de sanción
- disposición que tiene por finalidad garantizar los derechos de las personas privadas de libertad pero sobre todo el principio de celeridad, vale decir, que se restituya el derecho a la libertad de la manera más pronta posible
- Reglas que no son limitativas, pues al margen de velar porque se respeten los derechos y garantías del detenido, tienen también la alta responsabilidad que les asigna la ley, de evitar que el interno que estuviese detenido por orden de otras autoridades evada la ley, burlando a la justicia, lo que le generaría igualmente responsabilidad
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Otras consideraciones
- 1° REVOCAR
- 2º Llamar la atención
