0278/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

0278/2019-S3

Fecha: 11-Jul-2019

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

El accionante a través de su representante denuncia la lesión de su derecho a la libertad; puesto que, el Juez de Ejecución Penal Tercero del departamento de Santa Cruz, pese a haber concluido su condena, le exigió certificado de permanencia y conducta actualizado para otorgarle libertad definitiva, cuando dicho aspecto no es exigible por la Ley de Ejecución Penal y Supervisión, que en su art. 39 estipula que una vez cumplida la condena, el interno será liberado en el día sin necesidad de trámite alguno; además, tal documento es de tipo administtrativo y referencial, siendo el REJAP el único válido para ese objeto.