Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
ACLARATORIO DE LA SCP 0460/2019-S2
Fecha: 09-Jul-2019
le corresponde al juez cautelar, conforme lo establece el art. 54.1) del CPP, controlar la investigación
[1]En el FJ III.2.1, señala:…al juez no le está permitido convalidar los actos en los que se vulneraron esos derechos; al contrario, tiene el deber (…) de pronunciarse sobre la legalidad de los mismos; por consiguiente, frente a una presunta aprehensión ilegal, le corresponde al juez cautelar, conforme lo establece el art. 54.1) del CPP, controlar la investigación y, en consecuencia, proteger los derechos y garantías en la etapa investigativa; por lo que, frente a una petición efectuada por el imputado, en sentido de que se pronuncie sobre la legalidad de su detención, el juez está impelido, antes de pronunciar la resolución sobre cualquier medida cautelar, a analizar los siguientes aspectos:
- I.
- Fragmento 2
- Fragmento 3
- II.1. Sobre la resolución pronunciada por la autoridad judicial que resolvió el incidente de aprehensión ilegal
- por lo que al haber agotado el recurso idóneo e inmediato previsto por el Código de procedimiento penal, sin lograr la reparación de su derecho a la libertad, es posible analizar el fondo del recurso planteado
- II.2. Sobre el Voto Aclaratorio de la SCP 0460/2019-S2
- III. CONCLUSIÓN
- le corresponde al juez cautelar, conforme lo establece el art. 54.1) del CPP, controlar la investigación
- 1) Legalidad formal de la aprehensión.-
- 2) Legalidad material de la aprehensión.-