ACLARATORIO DE LA SCP 0460/2019-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

ACLARATORIO DE LA SCP 0460/2019-S2

Fecha: 09-Jul-2019

por lo que al haber agotado el recurso idóneo e inmediato previsto por el Código de procedimiento penal, sin lograr la reparación de su derecho a la libertad, es posible analizar el fondo del recurso planteado

En consecuencia, se evidencia que el recurrente cumplió con la obligación de impugnar los actos supuestamente ilegales cometidos por el Fiscal ante el Juez cautelar, autoridad que se pronunció sobre la legalidad de la aprehensión; por lo que al haber agotado el recurso idóneo e inmediato previsto por el Código de procedimiento penal, sin lograr la reparación de su derecho a la libertad, es posible analizar el fondo del recurso planteado; aclarándose que en estos casos -en los que la vulneración al derecho a la libertad, por una supuesta aprehensión ilegal, no ha sido reparada por el Juez cautelar- no es exigible que el imputado interponga recurso de apelación contra la decisión del juez (las negrillas son nuestras) [entendimiento asumido por la          SC 0744/2006-R de 8 de agosto y la SCP 1209/2012 de 6 de septiembre].

De donde se tiene que, no corresponde exigir que el accionante apele con carácter previo a la presentación de la acción de libertad, la resolución emitida por la autoridad de control jurisdiccional, que resolvió un incidente o denuncia sobre la ilegalidad de una aprehensión; toda vez que, ante una supuesta lesión del derecho a la libertad, dada una aprehensión ilegal que no fue reparada oportunamente por el juez de instrucción penal, queda expedita la vía constitucional para denunciar el acto lesivo vulneratorio de dicho derecho; sin necesidad de exigir una apelación en la vía ordinaria.