Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL 0212/2019-RCA
Fecha: 23-Jul-2019
I.5. Síntesis de la impugnación
Menciona que, si bien trascurrió casi siete meses desde la notificación con el Auto de 5 de noviembre de 2018; sin embargo, se debe tomar en cuenta que en diciembre del citado año hubo vacaciones colectivas de 25 días hábiles; por lo que, su demanda se encuentra dentro de los seis meses que prevé el art. 55 del CPCo.
- Fragmento 1
- I.1. Síntesis de los hechos que la motivan
- I.4. Resolución de la Sala Constitucional
- improcedencia
- I.5. Síntesis de la impugnación
- II.1. Marco normativo constitucional y legal
- podrá interponerse en el plazo máximo de seis meses, computable a partir de la comisión de la vulneración alegada o de notificada la última decisión administrativa o judicial
- no se suspende por la vacación judicial anual
- principio de inmediatez
- II.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR