SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2019-S3

Fecha: 05-Jul-2019

denegó

El Tribunal de Sentencia Penal Tercero de la Capital del departamento de Cochabamba, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución de 6 de febrero de 2019, cursante de fs. 79 a 81 vta., denegó la tutela solicitada, expresando los siguientes fundamentos: i) El peticionante de tutela tiene derecho a la libertad; sin embargo, en la presente causa guarda detención preventiva como medida cautelar, sujeta a desvirtuarse los fundamentos que dieron lugar a su detención; por cuanto la misma, no es definitiva sino temporal, siendo la finalidad asegurar la averiguación de la verdad, el desarrollo del proceso y la aplicación de la ley; ii) Dicha medida dispuesta, no tiene por finalidad la condena prematura; toda vez que, la presunción de inocencia sólo es desvirtuada en un fallo condenatorio con calidad de cosa juzgada, por ello su imposición como medida precautoria está sujeta a reglas, como también su cesación, lo cual implica un trámite a seguir, conforme lo prevé el art. 239 del CPP, no existe conculcación de derecho alguno, porque si está detenido es precisamente por la aplicación de una medida cautelar de carácter personal de detención preventiva, lo cual hace ver que no está ilegalmente perseguido, indebidamente procesado, privado de libertad personal o de locomoción, menos que peligre su vida; y, iii) Tampoco existe vulneración de su derecho al debido proceso en sus elementos de valoración de la prueba, debida fundamentación y principio in dubio pro reo; por cuanto, de la lectura del Auto de Vista de 14 de diciembre de 2018, éste se encuentra suficientemente fundamentado, el cual no requiere ser ampuloso; por otro lado, la jurisdicción constitucional no puede realizar análisis o valoración de la prueba, salvo que esté comprometida la libertad física del impetrante de tutela, lo cual no aconteció o no fue acreditado.