SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0246/2019-S3

Fecha: 05-Jul-2019

jurisdicción constitucional no tiene competencia para ingresar a valorar la prueba

La SCP 0729/2018-S4 de 30 de octubre sostuvó: “El Tribunal Constitucional Plurinacional, en varios de sus fallos, ha establecido que la acción de libertad, así como las demás acciones de defensa, delimita las atribuciones entre jurisdicciones respecto a la valoración de la prueba, en ese sentido la SC 0025/2010-R de 13 de abril, precisó que:’…este Tribunal, en invariable y reiterada jurisprudencia, ha establecido que la jurisdicción constitucional no tiene competencia para ingresar a valorar la prueba, dado que ésta compulsa corresponde exclusivamente a la jurisdicción ordinaria, cuyos jueces y tribunales, conforme a la atribución que les confiere la Constitución de manera general; y las leyes de manera específica, deben examinar todo cuanto sea presentado durante el proceso y finalmente emitir un criterio con la independencia que esto amerita...’.