SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2019-S3

Fecha: 05-Jul-2019

1)

Los accionantes a través de su representante, ratificaron el contenido de la acción tutelar presentada y ampliándola manifestaron que: 1) El demandado arguye que por las inclemencias del tiempo y el mal estado del camino no se procedió con su traslado, circunstancias que oportunamente habrían sido informadas por teléfono a la abogada de la Defensoría de la Niñez y Adolescencia -no precisa de donde- y vía WhatsApp a la Secretaria del “…Juzgado de Guarayos…” (sic); y, 2) Se trata del derecho a la libertad de menores de edad que la Constitución Política del Estado establece como primordial y esencial, por lo que el Director de CENVICRUZ, debió tomar las previsiones necesarias.

  CONCEDER la tutela solicitada respecto al Director del Programa Centros de Orientación y Reintegración Social Nueva Vida Santa Cruz; quien en mérito a los fundamentos desarrollados precedentemente, de manera conjunta a la Jueza Pública Mixta, Civil y Comercial, de Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primera de Ascensión de Guarayos del departamento de Santa Cruz, deberá tomar los recaudos correspondientes y necesarios para que los accionantes concurran oportunamente a cada uno de los actuados judiciales convocados por las autoridades jurisdiccionales.