SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0249/2019-S3

Fecha: 05-Jul-2019

En ese mismo orden normativo, el art. 37 inc. b) de la referida Convención establece que: ‘Ningún niño será privado de su libertad ilegal o arbitrariamente. La detención, el encarcelamiento o la prisión de un niño se llevará a cabo de

En ese mismo orden normativo, el art. 37 inc. b) de la referida Convención establece que: ‘Ningún niño será privado de su libertad ilegal o arbitrariamente. La detención, el encarcelamiento o la prisión de un niño se llevará a cabo de conformidad con la ley y se utilizará tan sólo como medida de último recurso y durante el período más breve que proceda; asimismo, el art. 40 dispuso varias regulaciones para los Estados en relación a esta población que tiene que ver con el debido proceso, que significa brindarles el acceso a la asistencia jurídica y otra asistencia adecuada, así como derecho a impugnar la legalidad de la privación de su libertad ante un tribunal u otra autoridad competente, independiente e imparcial y a una pronta decisión sobre dicha acción; instando de esta forma a la priorización de leyes que regulen procedimientos especiales para los niños y adolescentes infractores, que debe contemplar todo lo señalado, en consecuencia, varios países del continente promulgaron leyes de justicia juvenil, garantizando justamente el interés superior, teniendo como finalidad, sobre todo su reinserción social.

En este marco, también las Naciones Unidas instituyó directrices para establecer medidas de atención, prevención y protección para los niños y adolescentes infractores, como ser las Reglas mínimas de las Naciones Unidas para la administración de justicia de menores ‘Reglas de Beijing’; de 28 de diciembre de 1985; las Reglas mínimas de las Naciones sobre las medidas no privativas de libertad ‘Reglas de Tokio’, que fueron adoptadas por la Organización de Naciones Unidas el 14 de diciembre de 1990, y las Directrices de las Naciones Unidas para la prevención de la delincuencia ‘Reglas de la Riad’ de 14 de diciembre de 1990, que si bien no tiene un efecto vinculante; empero, son determinantes para que los Estados asuman diferentes medidas que contemplen en sus normativas los derechos humanos en favor de adolescentes en conflicto con la ley.