SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2019-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0253/2019-S3

Fecha: 05-Jul-2019

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 5 de septiembre de 2018, se llevó a cabo audiencia de consideración de medidas cautelares en la que sin ninguna fundamentación el Juez de la causa estableció la concurrencia de los riesgos procesales del art. 235.2 y 5 del Código de Procedimiento Penal (CPP), disponiendo la detención preventiva de ambos en el Centro Penitenciario San Pedro de Oruro, decisión que impugnaron.

En la audiencia de apelación incidental de 25 de septiembre de 2018, los Vocales de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Oruro, no manifestaron “…de qué manera nuestras personas objetivamente podrían haber influenciado en los testigos que hacen referencia…” (sic) solo señalaron sus nombres e hicieron una suposición, siendo que deberían haberse basado en hechos concretos, objetivos y probados respecto al art. 235.2 del CPP; y, con relación al art. 235.5 del mismo cuerpo legal, indicaron que son extranjeros vinculados al narcotráfico no siendo una razón suficiente para acreditar este riesgo procesal,  lesionando de esta manera el debido proceso en su elemento fundamentación.