SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2019-S4
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2019-S4

Fecha: 02-Jul-2019

i)

La SCP 0830/2018-S4 de 5 de diciembre, en cuanto al derecho de petición señaló que: “…forman parte del contenido esencial de dicho derecho: i) El derecho a formular una petición escrita u oral, y en consecuencia, obtener una respuesta formal, pronta y oportuna; ii) El derecho a que la respuesta sea motivada y que resuelva materialmente el fondo de la petición, sea en sentido positivo o negativo; iii) El derecho a que la respuesta sea comunicada al peticionante formalmente; y, iv) La obligación por parte de la autoridad, o persona particular de comunicar pertinentemente sobre su incompetencia, señalando cuál la autoridad o particular ante quien el peticionante debe dirigirse.